Por medio de la LEY 720 de diciembre 24, 2001, se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos.
Para los efectos de la presente ley se entiende por:
“Voluntariado” es el conjunto de acciones de interés general desarrolladas por personas naturales o jurídicas, quienes ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntario.
“Voluntario” es toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas o fuera de ellas.
Hacerte voluntario es una decisión personal, implica un compromiso sin obtener remuneración o contraprestación alguna estableciendo una relación con el comité organizador de los juegos, desplegando tu mayor VOLUNTAD en beneficio de todos.